Claudia Adriana Calvillo Ríos
David Jasso Velázquez
Universidad Autónoma de Zacatecas. Unidad Académica de Psicología. Zacatecas, México.
Resumen
Un grave problema de impacto social, lo constituye la violación de los derechos humanos de las mujeres. La ONU (1993). Define la violencia contra la mujer como, todo acto de violencia de género que pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer. Un tema substancial, relevante y complejo, es la violencia digital. Cometido, asistido o agravado por el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones contra la mujer. Un problema de las calles, se traslada al mundo digital, donde se comparte material privado. Para ello la ley Olimpia, habla de violencia digital, sobre la difusión sin consentimiento de contenido sexual, en la que se promueve capacitación, difusión de información a la sociedad, de que son actos de violencia, que generan afectaciones muy severas en la vida de las personas. Por ello es fundamental prevenir, promover y fomentar, el uso responsable de las tecnologías de la información, sobre todo en lo que respecta a las redes sociales, ya que no se es consciente socialmente, de lo importante que es hacerlo de manera segura. Así como informar de leyes que protegen ante la vulnerabilidad y violación del derecho a la privacidad.
Palabras clave: Ley Olimpia; Violencia de Género; Violencia digital; Sexting.
Abstract
A serious problem with a social impact is the violation of women’s human rights. The UN (1993). It defines violence against women as any act of gender violence that may result in physical, sexual or psychological harm to the woman. A substantial, relevant and complex iste is digital violence. Committed, assisted or aggravated by the use of information technology and communications against women. A problem of the streets, moves to the digital world, where private material is shared. For this, the Olimpia law speaks of digital violence, on the dissemination without consent of sexual content, in which training is promoted, dissemination of information to society, that they are acts of violence, which generate very severe effects on the lives of people. For this reason, it is essential to prevent, promote and encourage the responsible use of information technologies, especially with regard to social networks, since there is no social awareness of how important it is to do it safely. As well as informing about laws that protect against vulnerability and violation of the right to privacy.
Keywords: Olympia Law; Gender violence; Digital violence; Sexting.
Introducción
Históricamente las mujeres en el mundo, sufren distintos tipos de violencia en todos los ámbitos de su vida, abarcando desde el espacio privado en el hogar, en espacios públicos como lo son la escuela, el trabajo, en diversas instituciones, en la comunidad y desde hace algunos años en el ciberespacio. Según la “Ley General de Acceso a las mujeres a una vida libre de violencia”, correspondiente a la última reforma publicada la violencia es todo acto u omisión intencional que decae en lastimar u ofender a una mujer. Diario Oficial de la Federación (DOF 2021). En este caso en términos generales, actos que van en contra en este caso específico, de la dignidad de las mujeres, es importante que al hablar de violencia no se trata de un accidente, o un descuido. Debe quedar claro que es intencional. Al mencionar esto, quiere decir, que va en el marco de intención, dañar, lastimar y ofender en cualquier ámbito a una mujer y la violencia digital no escapa a ello.
La violencia es agresividad alterada, por diversos tipos de factores, en particular socioculturales, que le quitan el carácter indeliberado y la vuelven una conducta intencional y dañina como lo explica Espluges (2006). Galtung (1998). Cataloga a la violencia en tres formas: violencia directa. Una forma visible puede ser física o verbal. Violencia estructural. Manifestándose en situaciones de discriminación y marginación. Violencia cultural. Refiriéndose al ataque en contra de los rasgos culturales, así como la identidad colectiva. Abordando la violencia de género específicamente, es la acción conducta u omisión basada en su género.
Como lo señala (Economic and Social Council, 1992). Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino, que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada. En este caso hacer referencia a la violencia de género, suele ser que el agresor sea hombre y la víctima la mujer. Existiendo una verdadera violencia de género cuando se incurre porque el agresor ataca a la mujer por el solo hecho de ser mujer y apartarse de lo que él supone el papel social que le corresponde.
Tipos y modalidades de violencia
Existen diversos criterios para clasificar la violencia, ya que inciden factores en lo particular y socioculturales. De la más citada es la de (Krug 2003), realizada para la OMS. Dividiéndola en los siguientes rubros:
- Auto dirigida. En este caso hace referencia cuando la víctima y agresor se trata de la misma persona, un ejemplo de ello es el suicidio y las autolesiones.
- Interpersonal. Cuando es consumada por un individuo o grupo reducido, contra una persona, por ejemplo, la violencia familiar y de pareja.
- Comunitaria. Practicada por grupos grandes, la cual se divide en social, política y económica.
Todos los tipos de violencia están correlacionados. Según datos por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. INEGI, (2020). Las mujeres que fueron ofendidas o humilladas sólo por el hecho de ser mujer, se encuentra que sucede principalmente en el ámbito de pareja. Generando agrupación de los actos específicos de agresiones hacia la mujer según sus características, en los siguientes.
Violencia psicológica
Afecta el estado emocional. Manifestándose en todo aquello que va en contra de la propia persona, como lo son: humillaciones, ofensas, comparaciones, palabras en diminutivo, menosprecio, burlas, en un tono ofensivo. Directamente de manera verbal o con algún arma o amenazas de muerte. Llevando a minimizar las propias capacidades, haciéndoles sentir miedo y terror. Llegando al punto de encerrarlas, avergonzarlas, diciéndoles que son feas o que les engañan, reprochándoles que no cumplen con su rol de mujer.
Violencia física
Agresiones dirigidas a dañar y lastimar el cuerpo de la mujer. Es la más palpable en su mayoría, ya que en ocasiones el agresor busca un lugar en su cuerpo donde no se note, aun tratándose de un solo empujón, aun sea un jalón de cabello, pero al causar dolor y se ofendió, entonces va en conjunto la violencia física con la psicológica.
Violencia patrimonial
Asociada a la violencia psicológica, ya que la víctima es perjudicada por recibir abuso. Tiene que ver con lo que es el patrimonio, en este caso de la mujer, desde la bolsa, cartera, celular, documentos personales, casa, carro, etc. Todo lo que le pertenece y que ha sido destruido, guardado, quemado, o vendido.
Violencia económica
Se correlaciona con la violencia física, sexual y emocional. Tiene que ver con el control de ingresos y gastos, de la mujer. Trabajo que implica pagar gastos necesarios y básicos de un hogar, el hecho de limitar y condicionar, y se tenga acceso al dinero para cubrir necesidades básicas, llegar a condicionar a la mujer para obligar a que acceda a tener intimidad, si alguien no lo quiere, entonces termina accediendo para que pueda darle el dinero con el cual cubre las necesidades básicas de su hogar, generando entonces violencia sexual.
Violencia obstétrica
Es una de las violencias que se generan más específicamente en el ámbito de la salud, es decir, en aquella mujer que va desde el autocuidado con su médico general y ginecólogo, donde el personal médico, agrede a la mujer, en etapa de embarazo, parto o puerperio, con frases ofensivas, practicas sin el consentimiento informado y la omisión de una atención oportuna. En el caso de la pareja, cuando abusa de su rol sexista y le impide hacer uso de métodos anticonceptivos.
Violencia mediática
Es una expresión que se suma a la violencia de género. Siendo una realidad de las mujeres que asumen el espacio público, a partir del sexismo masculino. Tiene que ver con dos líneas de comunicación cualquiera que éste sea escrito en electrónico, dirigida a la mujer, haciendo comentarios ofensivos. Todo lo que de alguna manera a través de los medios de comunicación y que se difunda información.
Violencia digital
Tiene que ver con aquella violencia qué a través de los medios electrónicos, una mujer es ofendida, es agredida, es humillada, y que se exhibe a través de ese medio electrónico, sin su permiso y consentimiento, material que tiene que ver con su intimidad, exhibiéndose sin su permiso. (INEGI, 2020).
Objetivo
Dar a conocer el fenómeno del sexting, el cual está presente en la sociedad actual, con la intención de informar a adultos y menores, acerca de los riesgos que implica, como lo es la violencia digital. Es fundamental prevenir, promover y fomentar, el uso responsable de las tecnologías de la información, sobre todo en lo que respecta a las redes sociales. Así como informar de leyes que protegen ante la vulnerabilidad y violación de su derecho a la privacidad.
Metodología
Investigación de tipo teórica, con el objetivo de recolectar información. Se llevó a cabo una revisión organizada y sistemática bibliográfica y de base de datos. Incluyendo las publicaciones disponibles desde que se pudo concretar la Ley Olimpia en diciembre de 2018, una serie de reformas al Código penal de Puebla para tipificar la violencia digital como un delito.
De esta manera poder acrecentar el conocimiento de este y que sea guía de investigaciones posteriores. Enfocándose en responder a cuestiones fundamentales, ante la violencia digital ejercida en contra de las mujeres, al difundir contenidos multimedia (imágenes, audios o videos), con contenido sexual, sin autorización de las víctimas y el impacto de salud y social que esto representa. Respondiendo a cuestionamientos con la intención de obtener respuestas, planteando invenciones. Brindando información pertinente y oportuna. Todos y en especial las mujeres, necesitan vivir en un ambiente donde expresar su sexualidad, sea decisión de ellas y nadie debería aprovecharse de esta libertad.
Discusión
Violencia digital
La violencia digital o cibernética, es definida por la Organización de Naciones Unidas en su informe anual (ONU, 2019–2020) como un comportamiento violento en línea, que va desde el acoso en internet y el agravio público, hasta el deseo de infligir daño físico, incluidos los ataques sexuales, asesinatos, provocando suicidios inducidos, específicamente a las mujeres por ser mujeres. Destaca que el sexting conlleva el envío de mensajes o fotos de contenido explicito sin contar con la autorización de la persona destinataria.
Datos del Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA 2019), Del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (2020), exponen que el 40.3 %de las mujeres mayores de 12 años fue víctima de Ciberacoso, sufriendo insinuaciones y propuestas sexuales, de igual manera exhibe que el 46 % de estas víctimas de Ciberacoso recibieron críticas por su apariencia física o clase social.
Realmente lo que pasa y que se ha intentado hablar en diferentes espacios es que las mismas violencias que las mujeres enfrentan dentro de una sociedad estructurada, para permitir violencias misóginas machistas y patriarcales, incluso violencia de género, que se ejerza a través de las tecnologías es común encontrar que los ataques son bastante similares a los que enfrentan las mujeres, fuera de las tecnologías.
Sexting
Coexisten determinados comportamientos que no se pueden controlar en las plataformas y medios digitales, que pueden causar robo de identidad, importunación o la humillación. Algo más grave tipificado como delito, tiene su origen en la palabra inglesa sexting, derivada de los términos sex (sexo) y texting (envío de mensajes de texto). El Instituto Nacional de Tecnología de la Comunicación (INTECO. 2011). Cita que el sexting consiste en la difusión o publicación de contenidos, principalmente fotografías o videos, de contenido sexual, producidos por el propio remitente, utilizando para ello el teléfono móvil u otro dispositivo electrónico.
El término sexting, se ha catalogado en los usuarios de red social como WhatsApp, Messenger, Snapchat, Facebook e Instagram, entre los servicios con más usuarios, sobre todo en gente joven. Una consecuencia grave de su uso, es la excesiva confianza o falta de madurez por parte de los usuarios. La mayoría de las mujeres que envían sexting lo hacen porque alguien se lo pide o por diversión, pero también para impresionar a alguien o para sentirse bien (autoafirmación). Suele enviarse a su pareja, a alguien que les gusta y por ende se sienten atraídas, pero también a quienes consideran amigos e incluso, exparejas, según informe de (Cox Communications, s.f.), recuenta que en el caso de la mayoría de las mujeres que envían sexting, lo hacen porque alguien se los pide, o por diversión, pero también para impresionar a alguien o para sentirse bien (autoafirmación).
Así mismo, la Guardia Nacional CETT-MX (2021). Informa, que es común en adultos y sobre todo en menores de edad entre las niñas, niños y adolescentes, que quieran compartir fotografías y videos a través de la red social, a todos sus contactos virtuales, para demostrar su estado de ánimo, logros, triunfos, tristezas, etc. Tal es el caso de exhibir situaciones intimas o privadas. Las consecuencias que puede llevar el sexting, sobre todo tienen un impacto psicológico y emocional, desde sentirse mal y avergonzarse delante de familiares (algunos se sentirán deshonrados), amigos y compañeros. Al verse expuestos, a sabiendas que se les vio y escucho, en alguna foto o vídeo.
Expertos en derechos digitales, tienen claro que enviar y compartir, videos o fotografías, lo que es identificado como sexting, es una práctica muy arriesgada, en que se puede ver violentados sus derechos digitales, ya que se comparte sin ningún límite, en internet y no se puede controlar, ni mucho menos fiscalizar quien tiene y tendrá acceso a ella, ya que los usuarios pierden el control de dichas imágenes.
Ley Olimpia
A la edad de 18 años, Olimpia Coral, grabó junto a su expareja un vídeo intimo en el que ella aparecía desnuda, meses después, se percató de que el vídeo se había vuelto viral en whatsapp y después en Facebook. Donde alcanzó miles de reproducciones, su exnovio con quién tenía una relación de seis meses, subió ese vídeo sin su consentimiento, negando haber sido el responsable. Este hecho ocasionó que se asilara, encerrándose en su hogar, dejando de asistir a su escuela, sin salir a la calle. Sin embargo, con el apoyo de su familia, logró retomar su vida y se dio cuenta de que no era la única mujer que sufría por violencia digital, durante seis años, luchó junto a otras mujeres para que se castiguen estos actos de violencia, así es como surgió la Ley Olimpia.
Desde ese momento se dedica a investigar. Por lo cual comenzó a redactar la primera reforma al código de defensa social del estado de Puebla. Artículo 183, para que se reconociera la difusión no consentida del contenido íntimo. Esta ley, es un conjunto de reformas, principalmente a los códigos penales de cada entidad, mediante, las cuales, se reconoce la violencia digital, como un tipo de delito y de violencia contra las mujeres y se establecen sanciones como multas económicas o penas de cárcel para quien difunda en internet contenido íntimo de otra persona sin su consentimiento.
Esta ley en términos prácticos. Ley Olimpia, es un conjunto de reformas que lo que hacen es visibilizar, castigar y prevenir la violencia digital, en contra de las mujeres, es la que se caracteriza justamente con este enfoque de género, en la Ley de Acceso a las Mujeres (2007), una vida libre de violencia, la que se nombra como violencia de género y se visibiliza para que se emprendan también acciones preventivas por parte del estado y por otro lado se penaliza, por medio de las reformas al código penal en cada estado, imponiendo penas de cárcel a quienes difundan contenido íntimo sin consentimiento de las personas afectadas, es decir que vulneren la intimidad sexual de las personas. También sanciona con cárcel la extorsión sexual.
Obviamente una ley no va a decir que solo para las mujeres, es para todas y todos. Hoy la ley Olimpia está aprobada en la mayoría de los estados del país. Los únicos que no la han aprobado son: Campeche, Tabasco, Chihuahua, Hidalgo y Nayarit. Algunos especialistas en temas de derechos en la web, les preocupa que esta ley por ser de reciente creación, no esté bien estructurada y no solucione el tema de violencia digital.
Al hablar de un problema social, se traslada al mundo digital, entonces cuando se quiere hacer una legislación, porque al final, se intenta que el mismo aparato de justicia que, ha fallado, durante tanto tiempo, especialmente a las mujeres, donde esté se revictimiza, donde se continúa compartiendo material privado. Para esto la ley Olimpia, habla de violencia digital, al hacer uso de contenido sexual, sin consentimiento, enfocándose en un tipo de conducta. Dependiendo del congreso que la esté trabajando, o que la haya aprobado, es donde se encuentran los mayores peligros de libertad de expresión.
Violencia en línea o digital
Según la Ley general de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, (Artículo 6, 2007). La violencia es todo acto u omisión intencional que va recayendo en lastimar u ofender. En términos generales, es un marco de intención, esto en función de dañar y ofender, ejerciendo violencia física y psicológica, en cualquier ámbito a una mujer la violencia digital no escapa a ello y por supuesto atenta contra los derechos humanos de las mujeres.
Antony (2005). Hablando de violencia de género señala, que es la omisión, la acción, conducta basada en su género que le cause daño, sufrimiento, psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual, específicamente a las mujeres por ser mujeres y que todo es intencional. Con anterioridad se mencionaba que repercutía solo en asuntos privados, es decir, que solo ocurría en el ámbito doméstico y ahora es violencia en privado y violencia en el ámbito público.
Modalidades de la violencia
Violencia familiar
Es el ámbito en el que puede surgir, puede ser en el ambiente familiar, en el cual lo puede cometer alguien de la familia y no por eso se le va a dar menos importancia. Incluye violencia física y sexual, así como abuso emocional y verbal.
Violencia docente
Es ejercida en el sistema educativo. Se puede dar por parte de algún docente, hacia los alumnos.
Violencia laboral
Hace referencia a las personas que tienen un vínculo laboral, independientemente de la relación jerárquica. Puede ser un puesto directivo, o por un compañero de trabajo.
Violencia institucional
Ejercida por agentes del estado, a través de normas, practicas institucionales, descuidos y privaciones en detrimento de una persona o grupos de personas. Se puede dar al acudir a denunciar y el funcionario, revictimiza o se burla.
Violencia comunitaria
Relacionada con actos violentos o perversos cometidos por un grupo de individuos o miembros de una comunidad en particular. El lugar donde se vive, los vecinos,
Violencia política
Afecta el derecho humano de las mujeres, en su desarrollo en la escena política y pública. Cuando se quiere ejercer un cargo político y comienzan a publicar fotos y comienzan a violentar, con tal de transgredir estos derechos. A ser votado y votar.
Violencia feminicida
Corresponde al asesinato de mujeres por razones de género. Es el punto de grado máximo de violencia hacia la mujer, esta expresión de odio, por el hecho de ser mujer.
Violencia digital
Al hacer referencia a la violencia digital se refiere al acto de acoso, hostigamiento, amenazas, vulneración de datos e información privada, divulgación de información, mensaje de odio y difusión de contenido digital.
Es importante mencionar que no está mal que como mujer se comparta información, con alguien como puede ser tu pareja y que se considere alguien de confianza, ya que se llega al grado de intimidad, el problema surge cuando esa persona sin el consentimiento, publica información privada.
La violencia en línea o digital, datos arrojados en la Infografía Violencia Digital (CELIG CCMX, 2019), contra las mujeres es cualquier acto de violencia cometido, asistido o agravado por el uso de la tecnología de la información y las comunicaciones como internet, teléfonos móviles, videojuegos, mensajes de texto, correos electrónicos, medios sociales, etc.
(Meleo s/f) explica que existen varios tipos de violencia en línea, que pueden ser sutiles y que como todas las violencias avanzan en escalada, el desequilibrio emocional que provoca ser víctima de estas circunstancias, entre los que destacan:
CIBERBULLYING
Se presenta por lo general entre menores de edad, caracterizándose por ejercerlo de manera intencional y reiteradamente.
CIBERACOSO
Consiste en el envío de mensajes intimidatorios o amenazantes.
SEXTEO
Reside en el envío de mensajes intimidatorios o amenazantes.
SEXTORSIÓN
Caracterizándose por la extorsión con intenciones de carácter sexual, amenazando con exponer el contenido sexual en línea. Encontrándose casos de pedofilia y pederastia.
GROOMING
Acoso ejercido de un adulto hacia un menor de edad con intenciones sexuales, en este caso la persona adulta se hace pasar por menor de edad, con el objetivo de lograr empatizar y generar confianza con la víctima.
DOXING
Radica en la publicación de información privada o identificativa sobre la víctima.
Estos actos se presentan sin consentimiento expreso de la afectada. A través de textos, fotografías, videos y datos personales, los cuales pueden ser verdaderos o incluso alterados.
Siendo el medio de comisión, abordando desde tecnologías de información y comunicación, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones o cualquier otro espacio digital.
CIBERVIOLENCIA DE GÉNERO
Presentándose por una persona o grupo hacia otros del sexo opuesto, ejerciendo violencia ejecutando insultos, ataques, control y chantaje.
SEXTING
Consiste en el envío consensuado de contenido de índole sexual. Puede derivar en sextorsión.
La legislación
La consecuencia de estos actos, pueden presentarse en daño o afectación a la integridad, intimidad, libertad, vida privada, o los derechos humanos de las mujeres. Una serie de reformas al Código penal de Puebla en diciembre de 2018, tipifico la violencia digital como delito. Para el año 2019, es decir, un año después, la legislación, la nombró como Ley Olimpia. En la cual un conjunto de reformas, las cuales reconoce la violencia digital entre ellas, acoso sexual, extorsión, insulto, hostigamiento, amenaza, y cibervenganza, como un delito y violencia contra las víctimas, estableciendo multas económicas.
Contemplando sanciones que van de tres hasta seis años de prisión, y multas que van de quinientos a mil Unidades de medida y Actualización (UMA). A partir del primero de febrero del año 2022, cuyo valor será de 96.22 pesos. A pesar de la preocupación, la Ley Olimpia ha dado frutos desde su aprobación. El 4 de febrero de 2020, en la Ciudad de México, se realizó la primera vinculación a proceso por la Ley Olimpia, existiendo, el delito a partir de ello como acoso sexual y violencia digital. Cuyo objetivo es sancionar y hacer visible la violencia digital.
Delitos contra la intimidad y la imagen
La conducta que se castiga es que a través de cualquier medio se divulguen, se compartan, distribuya, se comercialice y que se obtenga dinero, que se publiquen imágenes, audios o videos de una persona desnuda, puede ser totalmente desnuda o sólo en parte, esté contenido debe ser íntimo, erótico sexual ya sea impreso, grabado, o digital y sobre todo sin el consentimiento de la víctima.
Este delito se persigue porque la persona que es la víctima, la que se siente ofendida, es quien tiene que acudir a la fiscalía a presentar la denuncia, si es menor de edad, puede ir acompañada con sus papás, o con sus tutores. Es por eso que es importante si ya se sufrió la violencia, comunicarlo, buscar una red de apoyo, con alguien de confianza, abrirse a poder compartir lo que pasó. Ya eso es lo que buscan los agresores, manipular, aislarte, hacer sentir a la víctima en soledad, aprovechándose de su situación de vulnerabilidad, psicológica, emocional y económica. Es importante que cuando el victimario amenaza. Con la sola amenaza, esto también ya es un delito y que se proceda al chantaje, pretendiendo obtener ganancias económicas.
Efectos de la violencia digital
Esta generación está muy conectada a internet y a las redes sociales. En este medio existen expresiones de violencia digital y en quienes son víctimas generan un impacto negativo. Lo que se está presenciando ahora es un tipo de violencia que si bien no deja marcas físicas, si deja una huella importante a nivel psicológico, ya que termina afectando, a toda víctima, porque es una violencia muy explícita, como el hecho de exhibir fotos o videos íntimos y privados, el hecho de hacer comentarios en el muro de las personas, negativos y ofensivos en los muros de las redes sociales como Facebook, en Twitter, Instagram, en Google y en general páginas de internet, las víctimas de Ciberacoso, tienen el mismo impacto psicológico de quienes son víctimas de violencia física.
Una encuesta de Amnistía Internacional (2017), reporta que el 54% de las mujeres que sufre acoso en redes, presentó ataques de pánico, ansiedad y estrés; que el 57% genera recelo y desconfianza por las plataformas digitales y que un 41% se llega a sentir amenazada su integridad física. El impacto psicológico siempre va a dejar secuelas en la persona, en el caso específico de las redes sociales, algo que se pierde es la intimidad ese espacio que se construye, en donde las cosas pueden quedar expuestas, y que la persona quede mucho más vulnerable a las críticas, a las opiniones de los demás.
Y al perder esa parte la persona se siente mucho más vulnerable y puede tener, más tendencia a la depresión y a cuadros de ansiedad. Según especialistas como (Ostrosky, s/f) expresa, que nuestro cerebro registra la violencia y amenazas virtuales, como si fueran amenazas reales, los efectos inmediatos son de ansiedad y depresión y dependiendo de la persona, esto se puede traducir a actitudes violentas hacia los demás o hacia sí mismos.
Saber qué hacer en caso de violencia digital
Respecto a la violencia digital, se presentan multiplicidad de delitos. 9.4 millones de mexicanas han sido víctimas de violencia digital. De acuerdo con el informe “Justicia en Trámite”. El limbo de las investigaciones sobre violencia digital en México, de la colectiva (Feminista Luchadoras, 2022). Por este delito se han abierto dos mil 143 carpetas de investigación en lo últimos tres años, pero el 83%, aún continúa en trámite.
Lo primero es identificar y reconocer una amenaza, acoso, insulto, son actos puntuales de violencia, intolerables e inadmisibles. Una conducta hostil, intencionada y voluntaria, repetitiva y sistemática, contra una víctima indefensa, que en la mayoría de los casos no puede defenderse. En el que el objetivo del acosador es dominar física, verbal y sobre todo, socialmente a su víctima, aislarla y destruirla.
Antes se hablaba de que la violencia, era un asunto privado, es decir, que solo ocurría en el ámbito doméstico y ahora se presumen que existe violencia en lo privado y en el ámbito público. Se debe informar que se puede proceder a levantar una denuncia en la fiscalía ya que es fundamental para lograr que el agresor, pueda ser procesado legalmente. Contar con asesoría jurídica, no solo para interponer la denuncia, pero si el caso llega a judicializarse, es positivo contar con el acompañamiento de algún abogado y sobre todo acompañar el proceso con terapia especializada en violencia contra las mujeres, en violencia de género. Para denunciar un contenido en internet, defensores digitales recomiendan lo siguiente:
No compartir los links o captura donde están siendo exhibidas, ya que esto podría ayudar a la viralización, denunciar en la plataforma correspondiente y asegurarse, de que se envía a la red social para su revisión y denunciar lo más posible desde diferentes cuentas para llamar la atención del algoritmo hasta que se logre bajar el contenido. Plataformas digitales como Facebook, Instagram y Twitter, siempre permiten a los usuarios reportar contenido que se esté violentando.
A las mujeres donde la ley Olimpia no ha sido aprobada y han sufrido de ataques digitales, es importante informar que, también se pueden tomar acciones legales. Ya que esto no significa que no se pueda hacer nada, ya que la persona, si se desea proceder legalmente, se puede apegar al marco legislativo que existe, porque seguramente exista el delito de extorsión, entonces tratar de encuadrar a la conducta, ya que existe acoso, amenazas y otro tipo de figuras legales.
Es un proceso que no es fácil, pero hasta ahora es el medio que se tiene de acceso a la justicia y mientras más se lleve a cabo el derecho de denunciar y mientras más se exija, impulsará que dichos mecanismos se perfeccionen. Para denunciar la violencia digital ante las autoridades correspondientes, acudir:
- Al centro nacional de respuesta a incidentes cibernéticos.
- Comisión nacional de seguridad.
- Centro nacional de atención ciudadana del gobierno de México.
- Instituto nacional de las mujeres y las secretarías de las mujeres en la Ciudad de México.
Cómo prevenir la violencia digital
Internet y las nuevas tecnologías, se encuentran latentes en la mayoría de las facetas de la vida, para prevenir la violencia digital de género, es primordial fomentar en las familias, en instituciones de educación, en medios de comunicación y en la sociedad en general, fomentar el uso responsable de las tecnologías de la información.
Las siguientes medidas de ciberseguridad, puntualizan como proteger la privacidad digital.
Utilizar tus dispositivos siempre con contraseña
A su vez, de no revelar a nadie las contraseñas, estas deben ser secretas, complejas y seguras, evitar apuntarlas y utilizar una misma contraseña para todos los medios de acceso a internet. Por lo que se sugiere memorizarlas.
Actualizar dispositivos
Un dispositivo electrónico es menos vulnerable si se actualiza con frecuencia, de ciberataques.
Detección de usos no controlados
Con el objetivo de detectar accesos no permitidos, revisar aplicaciones que no han sido instaladas.
Robo o pérdida del dispositivo electrónico
Existen herramientas que facilitan la ubicación del dispositivo y sobre todo que permite bloquearlo de manera remota.
Educar en igualdad de género
No obstante, aunque se refuerce la seguridad digital, la violencia contra las mujeres, tiene un origen radicado en el estereotipo y normas de carácter social, que influyen y fomentan, la discriminación de género. Por esto, la mejor manera de erradicar la violencia digital contra las mujeres, es promover el ejercicio de los derechos humanos y valores, promoviendo relaciones de respeto y educar en igualdad y equidad desde la infancia.
La sororidad entre mujeres, es la clave para erradicar la violencia digital, es no quedarse callada, alzar la voz, buscar ayuda profesional, proceder y actuar conforme a la ley. Es importante informar y tener conocimiento que las víctimas no están solas o desamparadas, lo más importante de este proceso es procurar eliminar la culpa, porque varias mujeres se sienten culpables, a partir de que ellas comparten el material y confían. A lo cual están equivocadas, ya que eso no las hace culpables.
Conclusión
La violencia digital es un acto agresivo e intencionado, llevado a cabo de manera repetida, mediante el uso de formas de contacto electrónicas, por parte de un grupo o de individuos contra una víctima que no puede defenderse fácilmente. Se trata de un acto reiterativo de acusar y agredir y dañar a otra persona a través de medios telemáticos, internet, telefonía móvil, etc.
La violencia digital es uno de los últimos tipos de violencia que se han incorporado en la ley general de acceso a la violencia en los estados, pero además también se suma a lo que es la violencia mediática. En los últimos años se ha producido un gran avance de la tecnología y de los medios digitales y cada vez que es utilizado el internet para un mayor rango de actividades especialmente, las relacionamos con la comunicación,
Causa auge de las redes sociales e internet en redes sociales como Facebook, Twitter, Instagram, aplicaciones de mensajería como WhatsApp, Sky y servicios de mensajería electrónica como Hotmail, Gmail, Yahoo, todos nos permiten comunicarnos, de una forma fácil y rápida, pero al mismo tiempo nos adentran en un mundo virtual.
Según datos del último informe del secretariado ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a agosto del 2020, se registraron 2,541 delitos de violencia de género, es decir esto aumentó 25% en comparación al 2019. Al hablar de violencia digital hay que quitar el cliché, de que porque es virtual no es real, la violencia digital, es un continuo de la violencia que se vive offline, es decir es una reproducción de la violencia en los hogares, en las calles e instituciones. Todos estos estereotipos siguen, la violencia de género en línea es un continuo de lo que pasa en el mundo análogo.
En proporción la mujer recibe más violencia de la que reciben hombres, un estudio de (HCP. 2021), determinó que las mujeres tienen más probabilidades de sufrir violencia en todos los espacios de vida y que reciben cinco veces más violencia como promedio que los hombres. Los agresores son en su mayoría hombres, entonces esta desigualdad que las mujeres reciben más violencia que los hombres es llamada desigualdad de género. Sobre todo porque se recibe violencia en función de ser mujer.
Es importante mencionar que no todas las mujeres tienen acceso a internet o están conectadas, pero si la pareja te envía un mensaje, un SMS amenazando, es violencia de género digital, ejercida a través de la tecnología, es decir no necesariamente tiene que estar en internet.
Para algunos hablar sobre violencia digital, puede resultar un caso aislado. Hasta ahora en México, alrededor de 9 millones de mujeres, mayores de 12 años, han sido víctimas de acoso por medios digitales, de acuerdo con datos recabados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI 2020). De los 46.5 millones de 15 años y más que hay en el país, 66.1% (30.7 Millones) ha enfrentado violencia de cualquier tipo y de cualquier agresor, alguna vez en su vida. Lo que indica que en este momento mujeres están siendo víctimas de amenazas, agresiones e insultos, en sus hogares y a través de dispositivos tecnológicos.
Siendo una forma de maltrato, basada en un desequilibrio de poder, que facilita, que los agresores abusen sistemática, repetida y deliberadamente de la situación de indefensión de su víctima, la cual puede estar relacionada con múltiples aspectos psicológicos, como lo son. Una baja autoestima, un pobre apoyo social o familiar, falta de orientación sexual, conlleva ser una población vulnerable de víctima de este tipo de violencia. En definitiva cualquier característica que haga que la víctima sea percibida como diferente y con la entrada en escena de internet, este abuso es mucho más fácil.
La violencia, no solo ha traspasado los muros de las casas e instituciones, sino que ha adquirido una nueva dimensión y con ello nuevas características, ahora es más fácil atacar a alguien a quien se quiere hacer daño. Debido a que la ausencia de límites y de control en internet facilita que se actúe de manera impulsiva y desinhibida.
Un acto aislado como compartir una imagen o video íntimo, puede ser reproducido por millones de personas, desencadenando una bola iceberg, ya que ya no solo hay un agresor, sino miles. Esto incrementa un impacto negativo en la víctima, sobre todo a partir de que estos ataques, pueden llevarse a cabo de forma simultánea, a través de múltiples canales de diferentes dispositivos tecnológicos, a los que todos se encuentran permanentemente conectados, los 365 días al año, 24 horas al día. Resultando que, ya no hay lugares seguros, ni siquiera en el propio hogar.
Los acosadores, se sienten cada vez más fuertes, más poderosos y la víctima más indefensa. Llegando a sentir que no tiene escapatoria, haciéndola sentir invisible y abandonada, ya que la velocidad con la que se difunde la información y la pérdida absoluta de control, sobre ella puede generar ansiedad, angustia, impotencia. Debido a que esa imagen o video, puede reaparecer en cualquier momento y a lo largo de su vida.
Plan de seguridad
Lo que se tiene que hacer cuando ya se es víctima, lo primero es tener un plan de seguridad, considerar no borrar los mensajes, a pesar de que va a ser doloroso, causa pena, pero es muy importante mantener evidencia. Tomar captura o grabar la pantalla de celular, ya que el agresor procederá en algún momento a borrar o a bajar todo, por eso es importante mantenerse y guardar desde los links y toda la información que se recopile, proceder a guardarla en una memoria en un USB, y poderla presentar al momento de hacer la denuncia en la fiscalía correspondiente. Es muy importante sobre todo informar a familiares o amigos que conformen redes de apoyo, porque va a ser un proceso difícil, ya que presentar la denuncia no solo implica el acudir, se requerirá durante el proceso, contar varias veces el relato de lo que pasó.
Aunque existen los mecanismos, existen las leyes, es complicado el proceso de hacer justicia, pero como ciudadano, se tiene que esforzar y a pesar de que cueste mucho, ya que algunas de las víctimas se desesperan y piensan mejor desistir, al momento de no recibir la atención inmediata, no importa, las leyes, están ahí para proteger a la víctima, los funcionarios están ahí para hacer su trabajo, por ello se debe de insistir, ser escuchada, ya que si no difícilmente, se obtendrá justicia, ante los derechos violentados.
Es importante concientizar sobre este tipo de violencia, no pasarlo desapercibido, no debe permitirse, porque la violencia digital es algo que está latente, derivado de la ley Olimpia, que se ha luchado para hacer valor de derechos y hacer justicia, para informar, concientizar y sensibilizar, a las siguientes generaciones que se debe denunciar y apoyar a las víctimas.
Que como padres de familia estén muy atentos con sus hijos, particularmente hijas menores de edad, respecto a lo que están viendo con quién contactan dentro de las redes sociales, porque son proclives, son vulnerables, a la captación y acceder a situaciones que les sean muy dañinas para su salud y prevenir que esto no ocurra. Todo comienza con un señalamiento, que se convierte en etiqueta por contagio social, que va deteriorando la autoestima y la reputación de la víctima, hasta destruir su círculo de apoyo y dejarla sola y emocionalmente agotada.
Favorablemente hay buenas noticias, varios espectadores, cada vez más, se posicionan y defienden a la víctima, según el último informe de la fundación (ANAR. 2019), 68% actúan en defensa de la víctima y se sienten más capaces de cambiar las cosas. Como grupo social se puede revertir la situación. No hay que esperar que lo hagan las leyes antes, tampoco es justo delegar esta responsabilidad a las mujeres que han sido víctimas de violencia digital, como grupo que es parte de una sociedad, compete a todos y comenzar a prevenir.
¿Cómo lograr romper el efecto espectador?
Es algo prevenible, las escuelas deben de estar preparadas para poder prevenirlo, porque el impacto a pesar de ser un espacio virtual, es bastante real. Creando redes de apoyo y sociales, basadas en vínculos afectivos, en relaciones auténticas que forman grupos unidos, cohesionados y visibles. Mantenerse en alerta de ciberseguridad es decir, se debe poner atención en la máxima protección de cuentas en redes sociales y hacer un filtro de contactos que no se conocen y mucho menos se logra identificar quienes son.
Es importante no ceder a ciberchantajes o a la extorsión, enseñar a no tener miedo, nadie es culpable, por eso es importante buscar ayuda y denunciar a las instancias correspondientes. La educación digital es indispensable, al formar parte de un grupo social, se puede contribuir a que la red sea un espacio seguro.
Pensar en políticas públicas sobre educación
Más que en leyes y sanciones, el derecho penal no es la solución para todas las cosas que pasan en internet. Un debate actualmente en Brasil, bastante interesante, en el cual abordan tres opciones para las víctimas de violencia digital:
- Cómo víctima, como obtener justicia, una vez que exponen imágenes, sin consentimiento, una aproximación es el derecho penal, meter a la gente a la cárcel, pero este es criticado, porque si el victimario cuenta con una posición social, en el que pueda pagar un abogado, difícilmente irá a la cárcel. En Brasil la crítica se enfoca en que el sistema penal solo es para la clase social baja.
- Una falta administrativa, una multa, pero, a la víctima le servirá que multen a la persona que agredió, si es que se llega a encontrar al agresor.
- Una disculpa pública, podría ser más efectiva que la cárcel.
Se debe pensar como víctimas de violencia, hay quienes preferirían una disculpa pública en medios de comunicación, que hacer una cosa mucho más grande, incluso que a verlo en la cárcel, donde igual, terminan presentándose otros efectos secundarios, un impacto social que no se quiere, ni se desea.
No todos los problemas sociales se resuelven legalmente, tiene que ver con un tema de educación y un tema básico de consentimiento para todos los involucrados, va que si alguien te comparte material íntimo, no tiene por qué reenviarse, no es para presumirse, la diferencia entre el sexo y la violación, es el consentimiento, y es exactamente lo mismo digital.
Como mujeres es aprender a disfrutar de su cuerpo, se puede hacer uso de la tecnología, apropiarse de ella, puesto que para eso está, cuestiónenla, no se tiene por qué sentir miedo a explorar parte de su sexualidad, se tiene derecho a enviar y compartir material, pero siempre bajo consentimiento, por eso es importante siempre hacerlo con seguridad.
Socialmente no tiene por qué prohibirse el intercambio de material, lo que se tiene que hacer es educar y sobre todo a las victimas más potenciales, mujeres menores de edad, las poblaciones más vulnerables son las adolescentes. Desde las familias y diversos contextos donde se crece y se desarrolla, cada mujer, se debe pensar cómo enseñarles a ellas a ejercer la sexualidad de forma segura, on line, como pixelear la cara, para la cual existen apps, al enviar algún tipo de desnudo, se pueden hacer cosas, para tener mayor seguridad, y poder hacerlo.
Sobre todo lo más importante, es no callarse, y resistir juntas en colectivo para entre todas apoyarse. Por lo que no hay que dejarse llevar por la demagogia que el derecho penal es la solución para todas las cosas que pasan en internet. Miles de mujeres son víctimas de abuso y violencia en línea, por el simple hecho de ser mujeres. Internet es un amplificador de todo lo que pasa fuera de línea, se tiene primero que solucionar el problema de raíz, replantearse por que en la actualidad se replican estereotipos de género. Las estrategias han sido muy reactivas y se debe pensar como mujeres.
Informar y concientizar en las mismas redes sociales que “No es tu culpa”. Lo que como mujer se haya decidido hacer, si decidiste compartir una imagen íntima a tu pareja y después finalizó la relación y por venganza la públicó, no es tu culpa, es culpa de él. Por eso es importante pensar cómo educar a estos violentadores, en este tipo de respeto y segundo que las redes entre mujeres son importantes, cuando se recibe está violencia, lo único que se requiere es que la víctima se sienta apoyada, querida y amada, contar con redes de apoyo, que no juzguen, o culpen, es importante para sobrellevar la violencia. Dejarse acompañar en el proceso, es como se podrá seguir adelante. Es un derecho humano de cuarta generación y las tecnologías de la información y de la comunicación, por ende ser críticas con la tecnología, a la que se tiene acceso.
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